6 Elementos Debe Tener Una Carta Explicativa Ante Una Solicitud De Subsanación De Residencia En Chile

11 Sep, 2026

El 19 de agosto de 2026, el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) revocó, mediante Resolución Exenta N° 15106, la Circular N° 10 que permitía presentar documentos venezolanos vencidos y solicitar prórrogas en determinados trámites. 

Sin embargo, la realidad de fondo persiste: la oficina consular de Venezuela en Chile sigue cerrada desde junio de 2024 y no hay fecha cierta de reapertura, por lo que renovar el pasaporte o apostillar documentos en Chile continúa siendo materialmente imposible para la comunidad venezolana.

Ante un requerimiento de subsanación de una solicitud de residencia (Temporal o Definitiva), que concede generalmente 60 días para presentar pasaporte vigente, DNI o antecedentes penales apostillados, la carta explicativa es una herramienta que puede servir para responder demostrando que la falta de documentos obedece a causas ajenas a tu voluntad.

De esta manera, la carta debe contener al menos los 6 elementos:

  1. Encabezado y REF: fecha, destinatario (Director/a Nacional del Servicio Nacional de Migraciones) y número del requerimiento o código de trámite.
  2. Identificación: tus datos y los del Director/a del SERMIG.
  3. Antecedentes de hecho (numerados, en orden cronológico): suspensión de funciones consulares desde junio de 2024; anuncio de reapertura sin efecto material a la fecha; documentos disponibles como la cédula venezolana vigente, que el propio SERMIG contempla como documento alternativo; insuficiencia del plazo de 60 días; imposibilidad de viajar a terceros países tras la revocación de la Circular N° 10, que restablece la exigencia de pasaporte vigente para salir de Chile; identidad previamente acreditada ante el SERMIG si contase con una residencia anterior.
  4. Petición: que se tenga por presente la carta explicativa y los documentos que lo acompañan.
  5. Documentos que se acompañan: lista numerada de anexos (cédula vigente, pasaporte anterior, resolución de residencia previa, partida de nacimiento, entre otros).
  6. Cierre y firma: nombre completo, documento, correo y teléfono.

IMPORTANTE⚠️: presenta siempre dentro del plazo, aunque sea con documentación parcial; guarda copia de todo lo presentado; y mantente atento/a a las instrucciones oficiales del SERMIG sobre la aplicación de la Resolución N° 15106, especialmente si tu solicitud fue presentada antes de su entrada en vigencia.

Este material es orientativo y no reemplaza asesoría legal.

Fuentes:
–Infomigra
–Ley 20.880

 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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