En el actual contexto de emergencia humanitaria posterior a los terremotos que afecta a Venezuela, existen dos principales formas de traer a familiares que se encuentren en ese país a Chile.
Según la actual normativa migratoria, así como las condiciones que se han dispuesto de forma específica para la comunidad venezolana en Chile desde el año 2019, las posibilidades son:
- Mediante Autorización Previa, que demora 60 días corridos en promedio en su tramitación y permite ingresar como turista por un máximo de 90 días (prorrogables en hasta dos oportunidades).
- Mediante Residencia Temporal solicitada desde el exterior, que demora 298 días corridos en promedio en su tramitación, permitiendo residir desde un año en adelante en el país y obtener RUT chileno. En especial, se recomienda la subcategoría de Reunificación Familiar para quienes tengan un familiar directo chileno/a o con Residencia Definitiva aprobada.
En este caso, se recomienda esperar la resolución de la solicitud en el exterior para evitar su posible rechazo o archivamiento y que en el caso de estar dentro del país con Autorización Previa, la única subcategoría disponible para estos casos es la de Reunificación Familiar, la que demora 481 días en promedio en su tramitación.
De igual manera, desde 2024 en Chile, mediante la Circular N.º 10, se han adoptado medidas de flexibilización para la comunidad venezolana al aceptar pasaportes o DNI vencidos en trámites realizados dentro del país; se exime de legalización consular a los certificados que no pueden ser apostillados electrónicamente y se otorgan 60 días hábiles, prorrogables, para presentar antecedentes penales o certificados de nacimiento.
Y, en el caso de viajar con niños, niñas y adolescentes, recordar hacerlo con su documentación de identificación vigente (y con la autorización legal de los padres y los antecedentes del acompañante, si viajan sin ellos), además de realizar siempre el ingreso por paso habilitado y ante las autoridades migratorias del país.
Fuentes:
–BiobioChile
–Ley de Migración 21.325
–Reglamento 296
–Decreto N° 237
–Circular N° 10
–Infomigra
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»





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