Hoy 21 de agosto del 2026, fue publicado en el Diario Oficial la Resolución Exenta 14.784, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que aprueba el nuevo protocolo de instrucciones para la reconducción de extranjeros y revoca la Resolución Exenta N° 14.440 de abril de 2024 y “cualquier otra resolución exenta anterior” de este procedimiento.
La Dirección Nacional del Servicio Nacional de Migraciones chileno (SERMIG) utilizó la facultad que le otorga la Ley de Migración y Extranjería para dejar sin efecto las 4 resoluciones previas en la a materia para realizar los siguientes 4 cambios en el procedimiento de reconducción inmediata:
- Al realizar la reconducción se debe realizar un registro biométrico obligatorio y un acta detallada que deben detallar el lugar, hora y coordenadas de donde se llevó a cabo el procedimiento.
- Se establece una prohibición de ingreso base de 1 año que luego debe ser determinado por el SERMIG.
- En el caso en el que país vecino no reciba a la persona extranjera por no ser su nacional, se procederá a denunciar a la persona extranjera para iniciar el procedimiento de expulsión.
- En el caso de niños/as y adolescentes:
-Si viaja con adulto responsable con vínculo comprobable, será reconducido junto al mismo para preservar “la unidad familiar”.
-Si viaja con adulto responsable sin vínculo comprobable, se reconduce al adulto (e investiga si existe delito de trata o tráfico de menores) y se solicita intervención del Tribunal de Familia correspondiente en el caso del niño/a o adolescente.
-Si no viaja acompañado se pondrá a disposición del Tribunal de Familia correspondiente y registrará el caso en el Registro Nacional de Extranjeros.
IMPORTANTE ⚠️ la propuesta de reconducir niños/as y adolescentes es una medida que va contra los tratados internacionales que menciona la misma resolución y la Constitución chilena. Por lo que estaremos atentos a cómo el SERMIG propone su implementación y procedimientos finales según el caso.
Descarga la resolución en: https://www.infomigra.org/Resolución14.784)
Fuente: Resolución 14.784 Diario Oficial
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»





0 comentarios