Publicada Nueva Resolución Que Vuelve A Permitir La Salida De Venezolanos De Chile Con Salvoconducto

18 Sep, 2026

Este 17 de septiembre de 2026 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N.º 559 de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, que califica como documento de viaje válido para salir de Chile el instrumento denominado “Documento de Viaje”, emitido por la República Bolivariana de Venezuela.

La resolución se dicta después de que el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), mediante el Oficio Ordinario N.º 26839, de 7 de septiembre de 2026, solicitara evaluar el reconocimiento de este documento venezolano como instrumento de viaje válido para nacionales de ese país que necesiten regresar a Venezuela sin contar con un pasaporte válido.

¿Qué cambia para los venezolanos en Chile?

La nueva resolución establece que el “Documento de Viaje” venezolano será válido para efectos de egreso del territorio nacional, siempre que haya sido válidamente emitido y se encuentre vigente, contenga los elementos necesarios para identificar a su titular y haya sido expedido por la autoridad venezolana competente. El documento contempla, además, información del titular, itinerario de viaje, período de vigencia y un código QR que permite su verificación.

Este documento corresponde al salvoconducto emitido por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Comercio Internacional de Venezuela para nacionales venezolanos que se encuentran en el exterior y necesitan viajar a Venezuela sin un pasaporte válido, por encontrarse este vencido, extraviado, hurtado o deteriorado. La propia resolución señala que es válido únicamente para viajar con destino a Venezuela.

De esta manera, la medida permite nuevamente que ciudadanos venezolanos puedan salir de Chile utilizando este documento, incluso cuando no cuenten con un pasaporte vigente. El Gobierno informó que la medida comenzará a aplicarse desde este viernes 18 de septiembre de 2026.

⚠️ Importante: no se restablece la Circular N.º 10

La nueva resolución no vuelve a poner en vigencia la Circular N.º 10 de 2024 ni todas las flexibilizaciones que esta contemplaba. Se trata de una nueva calificación efectuada por la Subsecretaría de Relaciones Exteriores respecto del “Documento de Viaje” venezolano, específicamente para efectos de la salida de Chile.

Por ello, esta resolución no modifica por sí sola los requisitos aplicables a otros trámites migratorios de personas venezolanas, ni significa que cualquier documento venezolano vencido pueda ser utilizado para salir del país.

Asimismo, la resolución señala expresamente que, si una persona tiene una medida de expulsión firme y ejecutoriada cuyo destino sea Venezuela, este “Documento de Viaje” podrá ser utilizado como documento oficial para materializar su salida, sin perjuicio de las demás verificaciones y requisitos establecidos por la normativa chilena.

✈️ ¿Qué ocurre con quienes perdieron su vuelo durante los días anteriores?

Durante los días en que el documento no estaba siendo reconocido para salir de Chile, algunas personas venezolanas informaron haber perdido vuelos luego de que la Policía de Investigaciones chilena (PDI) les impidiera continuar con su viaje pese a contar con un salvoconducto.

En estos casos, quienes hayan perdido un vuelo pueden solicitar a la aerolínea el cambio de fecha o la devolución correspondiente, acompañando los antecedentes que permitan acreditar que la salida fue impedida, como una constancia o documento entregado por la PDI y los reclamos efectuados ante las instituciones correspondientes. La resolución publicada este 17 de septiembre no regula los cambios ni reembolsos de pasajes, por lo que cada caso deberá ser revisado conforme a las condiciones del transporte contratado y la normativa de protección al consumidor.

📌 RECOMENDACIÓN: Si vas a viajar utilizando este documento, verifica que se encuentre vigente, que corresponda al “Documento de Viaje” emitido por la autoridad venezolana competente y que tu itinerario tenga como destino Venezuela.

Descarga la Resolución Exenta N.º 559 en:
https://www.infomigra.org/ResExnt559 

Fuentes:
–Resolución Exenta N.º 559
–Ley N.º 21.325 de Migración y Extranjería
–SERNAC
–Infomigra

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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