El pasado 20 de diciembre del 2025 fue publicada en el Diario Oficial la ley 21.787, que fortalece las facultades de fiscalización y sanción del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en materia de transporte ilegal de pasajeros.
Esta ley viene a modificar la ley N° 19.040, realizando modificaciones sobre todo en los montos a sancionar según el tipo de infracción a la ley:
1. Quienes transporten de forma remunerada pasajeros en vehículos no habilitados arriesgan 10 a 100 UTM ($695.420 a $6.954.200). En caso de reincidencia, la multa será de 20 a 200 UTM ($1.390.840 a $13.908.400). Esto además de poder sancionar a conductores y llegar a retirar los vehículos en algunos casos.
2. Las personas que utilicen servicios de transporte ilegales por su parte, serán sancionadas con una multa de una a 3 UTM ($208.626).
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