NACIONALIZACIÓN
La aprobación y puesta en marcha de la nueva Ley de Migración N°21.325 y su Reglamento N°296 el pasado 12 de febrero, como también del Decreto N°5.142 se han realizado algunas modificaciones para la obtención de la nacionalidad chilena.
1. ¿Qué es?
1.1 Pérdida de nacionalidad chilena
1.2 Solicitud de pronunciamiento de nacionalidad chilena
2. ¿Sobre quién aplica?
2.1 Carta de Nacionalización
2.2 Calificada
2.3 Gracia
2.4 Opción a nacionalidad (Hijo/a de extranjero/a, de refugiados/as, transeúntes y de misión diplomática).
3. ¿Cuáles son los requisitos?
3.1 Requisitos detallados para la solicitud de Carta de Nacionalización.
4. ¿Cuál es el procedimiento?
5. ¿Valor?
6. ¿Duración?
7. ¿Puedo Trabajar?
8. ¿Existe la posibilidad de Reconsideración?
9. ¿Puedo obtener el pasaporte chileno con la nacionalidad chilena?
10. Certificado de Nacionalizado y NO Nacionalizado
11. Fuentes
Publicado el 23 de abril del 2022
¿QUÉ ES? 🔎
Es la posibilidad que establecen el Decreto Supremo N° 5.142 del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros y el artículo 10 y Capítulo II de la Constitución chilena de que las personas extranjeras puedan obtener la nacionalidad chilena en distintos modalidades.
🚫Puede ser revocado en algunos casos por incumplir la ley, llevando a la pérdida de nacionalidad chilena.
⁉️Existe la posibilidad que ante una duda de nacionalidad se exija la Solicitud de Pronunciamiento.
¿SOBRE QUIÉN APLICA? 👤
Personas extranjeras que quieran adquirir la nacionalidad chilena según los distintos casos o modalidades:
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS? ✅
Cada una de las 4 modalidades tiene sus propios requisitos. De todas maneras, NO se le otorgara la nacionalidad a quienes:
- Hayan sido condenados/as en los últimos 10 años por crímenes en Chile.
2. Hayan sido condenados/as en los últimos 5 años por delitos simple y antecedentes sobre esto.
y cumplir con al menos los siguientes requisitos detallados para la solicitud de Carta de Nacionalización.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO? 👣
1.Solicitud online.
Se realizan en el portal de Trámites Digitales del SERMIG con ClaveÚnica. en el trámite “Solicitud de Carta de Nacionalización”.*
*La fecha de postulación se considera desde el envío de la solicitud, no desde su creación en el sistema.
2.Entrevista de la Policía de Investigaciones.
La Policía de Investigaciones (PDI) citará a una entrevista personal para recabar y comprobar los antecedentes.
⚠️IMPORTANTE: se aconseja no salir del país durante la tramitación de su solicitud y, en caso de hacerlo, informar en Policía de Investigaciones (PDI).
3.Recibir la notificación del estado de trámite.
Luego del análisis de la solicitud, se notificará si esta fue calificada favorablemente, archivada y/o requiere presentar más antecedentes adicionales.
Se puede consultar además el estado de su solicitud en Consulta Estado de Trámite en línea.
4.Pago.
En el caso de ser aceptada la solicitud, se enviará una notificación para descargar la orden de giro en el Portal de Consulta de Estado de Trámite, para luego pagar los derechos en un banco cercano o en ServiEstado.
5.Recibir el decreto que otorga la nacionalidad.
Se enviará copia vía carta física al domicilio ingresado, con el Decreto Exento totalmente tramitado.
⚠️IMPORTANTE: NO se pueden ingresar solicitudes incompletas en sus datos o documentos, ya que el sistema no permitirá continuar y realizar el envío.
¿VALOR? 💰
Existen 2 valores dependiendo de la modalidad o vínculo de solicitud:
1.Extranjeros/as en general (incluye opción de nacionalidad): $25.129
2.Cónyuges, viudos/as o padres de chilenos/as: $5.026
¿DURACIÓN? 🕐
Tiene una duración indefinida, permitiendo la renovación automática de la cédula chilena. Sólo podrá ser revocada por incumplir la ley, llevando a la pérdida de nacionalidad chilena.
¿PUEDO TRABAJAR? 💼
Si, se puede trabajar con este permiso.
¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE RECONSIDERACIÓN? 🔄
Si, en el caso de adjuntar información errónea, incompleta o que no corresponde, se notificara que la solicitud no avanza y se otorgará un plazo de 5 días hábiles (contados desde la notificación) para subsanar la falta o acompañar los documentos respectivos, enviándolos mediante carta certificada a la Oficina de Partes del Servicio Nacional de Migraciones (San Antonio N° 580).
⚠️IMPORTANTE: si esto no se hace dentro del plazo, se puede ingresar una nueva solicitud de nacionalización con la documentación completa, actualizada y vigente a la fecha del ingreso a trámite.
¿PUEDO POSTULAR AL PASAPORTE CHILENO CON LA NACIONALIDAD CHILENA? 📄
Si, con la copia del Decreto Exento se puede acceder al pasaporte chileno solicitándolo en el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Fuente:
-Página web de Ayuda del SERMIG
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»