2 Formas De Solicitud De Regularización Con Ingreso Por Paso No Habilitado En Chile

11 Feb, 2026

La ley de Migración en su art. 155 establece dos formas de solicitar la regularización migratoria en el en el caso de las personas inmigrantes que hicieron Ingreso por Paso No habilitado al País.

  1. PRESENTACIÓN DE UNA SOLICITUD DE REGULARIZACIÓN JUNTO A LA APELACIÓN UNA VEZ SE RECIBE LA ORDEN DE EXPULSIÓN:

1.Busca apoyo en organizaciones migrantes, pro migrantes o clínicas jurídicas.
2.Realiza el trámite online de “Declaración Voluntaria Por Ingreso Clandestino” en
pdivirtual.cerofilas.gob.cl.
3.Recibe la resolución de “inmigrante infractor”.
4.Espera la citación vía email para asistir a la Unidad Policial correspondiente (si es necesario).
RECUERDA: firmar semanal o mensualmente en la unidad policial asignada según PDI.
5.Recibe el documento que establece que eres objeto de un proceso de expulsión.
Recurrir administrativamente para “apelar” (entre 5-10 días hábiles) o recurrir judicialmente, interponiendo recursos constitucionales (protección en 30 días corridos de amparo en cualquier plazo).
6.La autoridad  migratoria decide:
*El recurso es aceptado y debe enviarse el caso a la Subsecretaría del Min. Del Interior quién debiese dar comienzo al proceso de regularización del caso.
*El recurso es rechazado y continúa el procedimiento de expulsión.

  1. SOLICITUD DIRECTA A LA SUBSECRETARÍA DEL MIN. INTERIOR MEDIANTE CARTA DE REGULARIZACIÓN.

-Una vez se tenga arraigo en Chile, un periodo de tiempo considerable en el país y no poseer antecedentes penales.
-La autoridad  migratoria decide:
*La carta es aceptada: la Subsecretaría del Min. Del Interior debiese dar comienzo al proceso de regularización del caso.
*La carta es rechazada: es posible continuar con el procedimiento de la primera forma de solicitud de regularización.

IMPORTANTE: SI BIEN ESTOS SON PROCEDIMIENTOS QUE SE AJUSTAN A LA LEY, NO RECOMENDAMOS esta forma de ingreso irregular a Chile por estos 3 motivos:
-Este tipo de ingreso es una VIOLACIÓN a la ley 21.325 y puede significar la expulsión y prohibición de ingreso a Chile.
-PELIGRO de caer en redes de trata y tráfico cómo de robos de dinero y pasaporte, abusos sexuales, abandono y trabajos esclavizados.
(en caso de ser víctima o testigo DENUNCIA y BUSCA APOYO en 600 400 0101//600 333 000//600 818 1000 o las organizaciones Corporación Ong Raíces y Fundación Líbera)
-Minas antipersonales: aún activas en el desierto son un peligro contra la vida y la integridad física (¿Encontraste una? Llama al 600 400 0101).

Fuente: ley 21.325

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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