¿Ahora Niños/As Sin Visa Y Sus Padres Deben Estar Enrolados O Tener Tum Para Ser Matriculados En Escuelas Públicas?

18 Mar, 2026

Desde hace aproximadamente dos semanas, personas de nuestra comunidad y organizaciones aliadas han reportado casos en los que, desde marzo de este año, en algunos establecimientos educacionales públicos chilenos se ha comenzado a solicitar el enrolamiento, la autodenuncia o la Tarjeta Única Migratoria (TUM) para que niños, niñas y adolescentes inmigrantes en situación irregular puedan ser matriculados en escuelas públicas.

Esta práctica no la habíamos observado en años anteriores y podría originarse en dos situaciones:

La aprobación del presupuesto 2026–2027 del Estado chileno, en el que se estableció en su artículo 51 la prioridad en el acceso a la educación para chilenos/as e inmigrantes en situación regular.

Actualmente, desde 2026, el Ministerio de Educación se encuentra en proceso de pasar del IPE al enrolamiento para unificar los números de identificación de las personas inmigrantes en Chile, por lo que este documento solo debería solicitarse mientras los niños, niñas y adolescentes regularizan su situación migratoria y/o realizan el trámite de enrolamiento ante el Registro Civil, conforme al artículo 44.

El problema ha sido, además, que en muchos casos los establecimientos educacionales han indicado a los apoderados y a los niños, niñas y adolescentes que deben dirigirse al Servicio de Registro Civil e Identificación sin el documento de derivación necesario para ello, impidiendo así que los futuros estudiantes accedan a este servicio público fundamental.

Esto podría tratarse de una combinación de las situaciones expuestas anteriormente y de una interpretación subjetiva de la normativa vigente. Lo anterior no significa que a los niños, niñas y adolescentes se les pueda negar el acceso a la educación pública ni que se les puedan exigir estos documentos o el enrolamiento sin facilitar previamente la planilla de derivación al Registro Civil. Esto constituiría una vulneración de las garantías de los derechos de la niñez y de lo establecido en la Ley de Migración N° 21.325.

Esta es una situación en desarrollo, por lo que seguiremos investigando y esperando que las autoridades correspondientes informen de manera oficial.

Ante esto, recomendamos:

-Compartir con las escuelas la normativa vigente expuesta anteriormente, para que revisen sus procedimientos, y luego acercarse a las oficinas de Ayuda Mineduc para solicitar la planilla de enrolamiento y continuar con el procedimiento en el Registro Civil.

-Estar atentos/as a los canales oficiales e institucionales del Ministerio de Educación y sus subsecretarías, así como a nuestras redes sociales, para conocer cualquier novedad.

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Fuentes:
Ley N° 21.796
AyudaMineduc
Ley De Migración 21.325
Reglamento 106

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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