Las medidas sanitarias y migratorias que deben cumplirse para ingresar al país han sido actualizadas en los últimos meses, lo que ha significado un cambio en cómo se puede ingresar y los requisitos a cumplir para esto:
REQUISITOS MIGRATORIOS
El pasado 12 de febrero fue publicado en el Diario Oficial el Reglamento N° 296, poniendo en marcha la implementación total de la nueva Ley de Migración N° 21.325, actualizando los perfiles migratorios de ingreso:
Existen 3 posibilidades:
- Permanencia Transitoria (ex turismo): ingresar directamente al país sin necesidad de autorización previa o visa otorgada por un consulado Chileno, esto dentro de alguna de las 6 subcategorías de este permiso dependiendo del motivo de visita a Chile o país de residencia.
- Autorización previa o visa otorgada por un consulado chileno: la exigencia de permisos de residencia otorgados desde el exterior por consulados chilenos a nacionales de ciertos países no ha sido suspendida, por lo que nacionales de Cuba, Haití, Rep. Dominicana y Venezuela por ejemplo, deben continuar solicitando autorización previa.
- Residencia Temporal para Extranjeros fuera de Chile: si tu intención es residir de forma prolongada en Chile, puedes realizar de forma online de este permiso entre las categorías de Estudiante, Sujeta a Contrato y Temporaria.
- En trámite: si realizaste una solicitud de residencia y saliste del país con acogida a trámite, puedes volver ingresar al país con las posibilidades y situaciones que puede significar esto en frontera.
REQUISITOS SANITARIOS
El pasado 08 de marzo del 2022 fue publicado en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 325 que modificó los requisitos de ingreso para el “Plan Fronteras Protegidas”, actualizando las medidas de ingreso.
Además de cumplir los requisitos migratorios de ingreso, existen los siguientes requisitos sanitarios ya sea por paso aéreo o terrestre según el tipo de residencia en el país:
1.NO RESIDENTES:
Quienes tengan su esquema de vacunación validado por el Ministerio de Salud y quienes cumplan las excepciones del Decreto 295 del Ministerio del Interior.
-PCR negativo cuya toma de muestra no puede tener una antigüedad mayor a 72 horas.
-Declaración jurada desde el sitio web c19.cl
-Seguro médico desde los 30 mil dólares (USD) para cubrir enfermedades asociadas al COVID-19.
2. RESIDENTES:
-PCR negativo cuya toma de muestra no puede tener una antigüedad mayor a 72 horas (estas se cuentan hasta la hora de salida del vuelo con destino final Chile).
-Declaración jurada desde el sitio web c19.cl
MEDIDAS EN FRONTERA
1.CON ESQUEMA DE DOSIS VALIDADO POR EL MINISTERIO DE SALUD DE CHILE: no existe necesidad de cuarentena pero con la posibilidad de ser seleccionado/a por la SEREMI de Salud para ser sometido a exámenes de detección directa para SARS-CoV-2.
2.SIN VACUNA O PASE DE MOVILIDAD SIN HABILITAR*:
–Examen para detección de coronavirus (PCR o antígeno).
-Cuarentena obligatoria por 7 días.
*en el caso de NO residentes, solo aplica en el caso de quienes cumplan las excepciones del Decreto 295 del Ministerio del Interior.
Fuentes:
-Plan Fronteras Protegidas 08.03.2022 https://saludresponde.minsal.cl/plan-fronteras-protegidas/
-Ley de Migraciones N° 21.325 https://bit.ly/3r5Q0Jv
-Reglamento general N° 296 https://bit.ly/3K9FN5q
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
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