¿COMO REPATRIAR EL CUERPO DE UN FAMILIAR O AMIGO/A EN CHILE?

24 Mar, 2020

Si eres extranjero y vives en Chile, esta información te podría ser útil. Actualmente la población de inmigrantes en el país se ha incrementado de manera exponencial, según las últimas cifras arrojadas por el Instituto Nacional de Estadísticas para el año 2018 habían más de 1,2 millones de extranjeros viviendo en Chile. Es por esta razón que las leyes para quienes residimos aquí han sufrido constantes cambios, una de ellas y no menos importante, es la repatriación de difuntos desde aquí al exterior.

TRASLADO DE LA PERSONAS

No obstante, el proceso de traslado del fallecido puede variar según el contexto de defunción, ya que pueden existir algunos requerimientos especiales emitidos por las entidades correspondientes tanto en el extranjero como en Chile, por consiguiente, es necesario actuar bajo las indicaciones de dichas entidades que sigan estos casos. Asimismo, hoy por hoy existen algunos requerimientos básicos que hay que tener en cuenta ante esta situación:

● Dirigirse al Consulado o Embajada respectivo para para recibir la información necesaria en cuanto a movilización y costos.
● Asegurarse de quién se encargará de trasladar el cuerpo desde el cementerio o funeraria hasta el lugar donde será trasladado a su país de origen. Esto puede ser realizado por alguna de estas dos entidades, no obstante si es realizado por la funeraria hay que revisar si cuenta con la autorización del Ministerio de Salud. (link)
● Fotocopia del Carnet de Identidad por ambos lados.
● Documentos que acrediten la identidad y nacionalidad del fallecido.
● Certificado de defunción original con la causa de muerte.
● En caso de muerte violenta, certificados emitidos por el Servicio Médico Legal.
● Certificado que indique que no falleció de enfermedad infecto contagiosa (Otorgado por un médico).
● Certificado Médico de tratamiento de conservación con formalina o embalsamamiento.
● Declaración Jurada Notarial de la persona que se hace responsable del traslado, eximiendo a la Seremi de Salud de cualquier responsabilidad.
● Legalizar todos los antecedentes en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
● Inscripción en el Registro Civil Correspondiente que indique el nombre del cementerio Ciudad y País.
● Todos los antecedentes deben ser legalizados en consulado del País hacia donde se va a enviar la persona fallecida.
● *En algunos casos el Féretro debe ser sellado en presencia del Cónsul o su representante.

*Si la muerte es por causa violenta, las autoridades pueden poner el caso bajo investigación en una jurisdicción en donde ni el Consulado ni la Embajada pueden intervenir y se debe esperar respuesta sobre este proceso. Cabe resaltar, que ningún caso es igual a otro, todos los factores pueden llegar a afectar el proceso de traslado, sin embargo, si tienes en cuenta estos documentos puedes ahorrarte más de un contratiempo.

VELAR EN CHILE
Ahora bien, si se quisiera repatriar a un ser querido desde Chile a Venezuela, en primera instancia, se debe tener en cuenta la forma del fallecimiento, ya que si es por causas naturales se debe acudir a la red asistencial de salud, por el contrario, si la muerte ha sido violenta, en un accidente, suicidio o causa no natural, se debe llamar al Servicio Médico Legal, quienes darán el parte médico. Seguido a esto habría que tomar las siguientes medidas:

● Tramitar el certificado de defunción, el cual es emitido por un médico el cual certifica y consigna las causas del fallecimiento.
● Dependiendo sea el caso, repatriar, sepultar o cremar, los trámites legales son distintos. Sin embargo, si se quiere repatriar el cuerpo, el familiar más cercano es quien se debe hacerse cargo de retirar el cuerpo e iniciar los trámites.
● En caso de repatriación o cremación, el familiar deberá acercarse a la embajada de Venezuela en Santiago, y allí solicitar una constancia filiatoria, documento que demuestra el parentesco con el fallecido. Hay que tener en cuenta que en ciertos casos se solicita de antemano el certificado médico de defunción, en otros casos se pide una partida de nacimiento si son padres/hijos o el certificado de matrimonio si son cónyuges.

*Si en Chile la persona fallecida no cuenta con un familiar cercano. A quien corresponda, deberá enviar un documento notariado autorizando a un tercero, quien será el representante ante las autoridades chilenas.

● Una vez en la embajada, hay que dirigirse al módulo de la unidad de atención para casos especiales, en donde harán entrega de las constancias necesarias para poder realizar los distintos trámites legales. Se debe tener en cuenta que al ser un trámite de atención inmediata, no es necesario solicitar cita previa.
● Finalmente, con la constancia mencionada anteriormente, hay que dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores para realizar la legalización de este documento.

Hay que considerar que el SEREMI de salud es la entidad que autoriza la cremación o repatriación de nuestro ser querido y este proceso puede durar entre 24 a 48 horas dependiendo de los requerimientos que cumplan las exigencias legales del país.

*Si el cuerpo se encuentra en Servicio Legal, el proceso puede tardar más de lo normal, ya que depende del pronunciamiento de la Fiscalía sobre la investiga de las causas del fallecimiento, quienes luego de dicha investigación dan autorización para proseguir con la cremación o repatriación del cuerpo. Este proceso puede ser un poco tedioso y largo, no obstante, si se cuenta con buena asesoría por parte de la funeraria contratada se puede llegar hacer de manera eficaz.

COSTOS
-Cremación: desde $680.000 hasta $950.000 pesos chilenos.

-Servicios funerarios: desde $500.000 pesos chilenos. Servicio que cubre el ataúd, los traslados, la documentación y asesoría en trámites legales.

-Servicios de repatriación: entre 2.900 a 3.200 dólares. Si el ciudadano venezolano tiene contrato de trabajo con al menos 12 meses de antigüedad, en el cual se hayan pagado las imposiciones legales, existe un beneficio de 15UF dirigido a los servicios funerarios.

*Recuerda que no existe ningún plazo para retirar el cuerpo de los servicios de Anatomía Patológica y Medicina Legal. Por lo que es totalmente falso que el cuerpo se envía a una fosa común. En caso de crematorios, no es cierto que este proceso es con varios cuerpos a la vez.

Fuentes:
www.funerariaazocar.cl/repatriacion
www.chileatiende.gob.cl/fichas/11676-defuncion-de-un-familiar-o-persona-cercana
www.funerariain.cl/traslado-de-personas-al-extranjero

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.«

Infomigra

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