Se trata de cuatro personas provenientes de Venezuela, quienes de acuerdo al fallo de la Justicia no deberían recibir sanciones por haber presuntamente ingresado de manera irregular. Esto debido a que sus expulsiones fueron decretadas dentro del plazo que la nueva “Ley de Migración” establece para que personas que hayan entrado por pasos no habilitados, se puedan retirar del país de manera voluntaria.
Noticia publicada por El Desconcierto el 15 de noviembre 2021
La Corte de Apelaciones de Arica acogió este lunes un recurso de amparo contra la Delegación Presidencial de Arica y Parinacota y anuló el decreto de expulsión del país de cuatro ciudadanos venezolanos, quienes habrían ingresado clandestinamente a Chile.
La Primera Sala del tribunal de alzada determinó en un fallo dividido que la decisión del gobierno de expulsar a los migrantes provenientes del país caribeño es ilegal.
Si bien la ley permite forzar la salida del país de personas que hayan entrado por pasos irregulares, la Justicia recordó que un artículo transitorio de la recientemente promulgada Ley de Extranjería y Migración autoriza durante los 180 días posteriores a su publicación «el egreso del territorio nacional de aquellos extranjeros que hubieren ingresado al país por pasos no habilitados, sin que se les aplique sanción ni prohibición de ingreso al país».
El fallo determina respecto al decreto de expulsión de estos cuatro migrantes venezolanos que «se concluye que su dictación deviene en ilegal, al haber sido emitidas mientras se encontraba vigente un término en que no les sería aplicable sanción alguna a los amparados«.
Las autoridades habían decretado la expulsión contra estas cuatro personas migrantes el 5 de julio y el 13 de octubre del 2021. Esta última fecha fue solo algunas semanas después que el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, afirmara: «Las expulsiones van a seguir y las vamos a retomar prontamente«, luego de algunos meses en que se habían pausado.
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