QUE HACER

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UNA SOLICITUD DE REGULARIZACIÓN Y OTRA DE REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA?

15 Ene, 2022

Si bien ambos procesos permiten hacer la solicitud de una regularización, estos tienen orígenes, perfiles y plazos de postulación distintos:

Solicitud de regularización: esta solicitud es la que pueden hacer personas que quedaron en estatus irregular por el vencimiento de su turismo o permiso de residencia, al igual que aquellas personas que hicieron Ingreso por Paso No Habilitado al país, esto para solicitar la posibilidad de que no sean expulsadas y se habilite la posibilidad de regularizarse mediante la solicitud de una visa de residencia según lo que determine la Subsecrearía del Interior del Min. del Interior.

Esta se basa en la  ley de Migración y Extranjería  (N°1094) y permite realizar esta solicitud todo el año, con un proceso de gestión que puede demorar hasta más de 24 meses.

Solicitud de Regularización Extraordinaria: esta solicitud es la que establece el Art. Transitorio N°8 de la nueva Ley de Migraciones (N°21.325) y que permitió durante 180 días contados desde el 20 de abril del 2021 hacer solicitud de una Regularización extraordinaria solo por este periodo (hasta el 07 de enero pasado).
Esta podía ser solicitada solo por personas que hubiesen ingresado a Chile por paso habilitados antes del 18 de marzo del 2020 y que estuviesen en estatus irregular en el país entre otros requisitos. La respuesta de estas solicitudes aún se encuentran en desarrollo.

IMPORTANTE: la presentación de estas solicitudes de regularización no implica que sean automáticamente aceptadas, esto dependerá en gran medida de cumplir los requisitos, los procedimientos y plazos. Al igual que siempre es recomendable hacer ingreso por paso habilitado al país y mantener el estatus regular dentro de lo posible.

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

Fuentes: Ley de Migración y Extranjería  (N°1094) y Ley de Migraciones (N°21.325)

ARTÍCULOS RELACIONADOS

RECUERDA: no publiques datos personales, de contacto (nombre, correo electrónico o dirección) o identificación (N° de pasaporte, DNI o trámite) en internet de forma pública.

0 comentarios