El Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) chileno en su página web oficial ha detallado un nuevo requisito para la solicitud de Residencia Definitiva para personas “inactivas” o dependientes de Residencia Temporal.
En su página web serviciomigraciones.cl/residencia-definitiva, este Servicio ha agregado un nuevo requisito para estos dos perfiles, los que a pesar de no aparecer declarados explícitamente en las norma migratoria, se informan que:
los vínculos de dependencia de titulares de una Residencia Temporal cómo personas “inactivas” solo serán con familiares directos con hijos/as, cónyuges y convivientes civiles.
Por lo que ahora en estos casos, además de adjuntar la declaración jurada de expensas firmada por el sostenedor/a y documentos que acrediten los ingresos económicos del mismo, se deberá adjuntar el certificado de nacimiento, matrimonio o acuerdo de unión civil que acredite el vínculo.
Fuente: Página web del SERMIG
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

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