3 DERECHOS DE NIÑOS/AS Y ADOLESCENTES MIGRANTES EN FRONTERA

11 Mar, 2023

La presencia del ejército en las fronteras del norte de Chile durante los 3 meses establecidos por el Decreto N°78, no supone en ningún caso la suspensión  de las garantías establecidas en la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales ratificados por Chile en esta materia.

Además de esto, este decreto junto al DFL N°1 del 2023 establecen 3 garantías ante el ejercicio de las facultades de esta institución:

1. Se deberá accionar siempre con especial respeto a:
-su interés superior,
-su derecho a ser oído,
-su derecho a la protección contra la violencia y contra la explotación económica, sexual comercial y el trabajo infantil,
-y procurando el resguardo de su derecho a no ser separado de quien esté a su cuidado ni de su familia.

2.En caso de que no se encuentren acompañados/as o separados de su familia, se procurará que sea puesto a disposición de las Policías.

3.Deberá evitarse el uso de armas de fuego, especialmente, en presencia de menores de edad.


Fuentes:
Decreto N° 78

DFL N°1 del 2023

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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