El pasado 19 de abril fue publicada la Ley N°21.533 que regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que se presten en ellas.
Además de esto, el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones se encuentra elaborando el reglamento de esta ley que se pretende poner en vigencia a comienzos de este 2024 con las las exigencias para las empresas y conductores/as, con los siguientes requisitos actualizados:
1. Tener licencia profesional (Clase A2).
2. Solo se podrá utilizar vehículos cuyos dueños sean personas naturales.
3. Únicamente podrán trabajar en la región donde estén inscritos en el Registro Electrónico.
4. No podrán inscribirse más de 2 vehículos en el Registro.
5. Cada 6 meses se deberá actualizar el certificado de antecedentes y revisión técnica.
6. Los taxis no colectivos podrán inscribirse a una o más empresas.
7. Los vehículos de las aplicaciones no podrán captar pasajeros en la vía pública o utilizar la vía o corredores exclusivos del transporte público.
Y las siguientes 2 actualizaciones técnicas:
- Los vehículos deberán tener al menos una cilindrada de 1.4 litros.
- Los vehículos podrán tener máximo una antigüedad de 7 años (por lo que los vehículos anteriores del 2017 no podrán ser utilizados).
Fuentes:
–Ley N°21.533
–Diario Constitucional
–T13
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
Quiero empadronarme
Señores: Servicios Nacional de Migraciones, desde el 2020 hice el tramite de la definitiva, recibí de ustedes una sancion pecuniaria segun ustedes yo tenia reincidencia aun sabiendo que esa infraccio es no podia ser sancionada porque la ley no estabas vigente cuando entre ilegal al pais y al hacer el tramite dd la definitiva por la fecha del tfamite es de todos conocimiento de que estabamos en cuarentena total debido a la pandemia por covid: de todo modo hice el pago de la sancion y continua en etapa de resolucion.