No Existen Criterios Para Limitar Los 90 Días De Estadía Por Permanencia Transitoria

26 May, 2025

Hace unas semanas mediante la Ley de Transparencia y una Solicitud de Acceso a la Información (SAI) accedimos a la respuesta de la Subsecretaría del Interior respecto a la existencia o no del criterio de limitación de los 90 días de estadía de un permiso de Permanencia Transitoria en el país:

El artículo N° 48 de la Ley de Migraciones 21.325 establece que “La Subsecretaría del Interior, por razones de orden público, podrá limitar dicho plazo (de 90 días máximo) a un período menor, para lo cual deberá establecer criterios generales de aplicación, previo informe del Servicio (SERMIG).” Al consultar a la institución sobre la existencia de este criterio para que sea menos de 90 días, nos respondió que no se han dictados actos administrativos para limitar este plazo según el artículo 48 a la fecha.

Fuentes:
-SAI AB001T0014320
-Ley de Migraciones 21.325

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

ARTÍCULOS RELACIONADOS

Historia Del SERMIG Y Las Instituciones Migratorias En Chile

Historia Del SERMIG Y Las Instituciones Migratorias En Chile

Hoy 28 de mayo del 2025 se cumplen 4 años de la creación del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) producto de la promulgación y publicación de la actual Ley de Migraciones 21.325 el 20 de abril del mismo año. Sin embargo, la historia de las instituciones y normas...

leer más

RECUERDA: no publiques datos personales, de contacto (nombre, correo electrónico o dirección) o identificación (N° de pasaporte, DNI o trámite) en internet de forma pública.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *