El Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones han tenido que gestionar al menos más de 6.000 Permanencias Transitorias (y Autorizaciones Previas de ser el caso) para todos/as los deportistas y partes de sus equipos de comisiones y técnicos que se han alojado en su mayoría en la Villa Panamericana en la comuna de Cerrillos de la Región Metropolitana.
Según la Ley de Migración 21.325 y Decreto N° 23, esta primera de las seis subcategorías de la Permanencia Transitoria puede ser otorgada a quienes ingresen al país con motivos de recreo (turismo) o deportivos, entre otros.
Teniendo un plazo máximo de residencia de 90 días prorrogables y sin la posibilidad de realizar actividades lícitas remuneradas, excepto en el caso de deportistas (entre otros cinco) que reciban remuneraciones o utilidades económicas en su estadía, por lo que podrán solicitar una Autorización de Trabajo para las actividades determinadas y esporádicas cómo lo señala el artículo 28 del Decreto N° 23.
Fuentes:
–Reglamento N° 296–Decreto N° 23
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
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