Producto del sistema frontal que afecta a las zonas centro sur del país existe la posibilidad de que se produzcan situaciones excepcionales en el contexto laboral cómo cortes de electricidad que afecte a estos o los hogares, motivo por el cual es necesario recordar los siguientes derechos y garantías:
1.GARANTÍAS LABORALES
El Código del Trabajo y el Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud contienen artículos que protegen a trabajadores y trabajadoras enfrentados a situaciones imprevisibles e irresistibles.
-El no concurrir o llegar fuera del horario de trabajo dada estas circunstancias no es motivo de despido o descuentos en la remuneración.
-Tampoco en el caso de atrasos por dificultades de funcionamiento del transporte público.
-De llevar a cabo labores en el exterior se deben entregar los implementos adecuados para este clima.
-En el caso de corte de luz que afecte el suministro de agua y genera inseguridad se deben suspender las labores e informar a la Inspección del trabajo.
2.GARANTÍAS DEL CONSUMIDOR
En el caso de cortes de suministro de electricidad las empresas deben:
-Restituir el servicio cuanto antes.
-Descontar automáticamente en la próxima boleta según el caso 10 veces el valor promedio diario de la factura anterior de manera directa o proporcional.
-Hacerse cargo de daños secundarios por corte.
Estas garantías aplican sin importar el estatus migratorio de la persona migrante cómo establece la Ley de Migración 21.325. Ante cualquier vulneración es posible denunciar a la Dirección del Trabajo y al Servicio Nacional del Consumidor.
Fuentes:
–Dirección del Trabajo.
–Ministerio del Trabajo.
–SERNAC.
–Ley de Migración.
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
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