Esto puede ser realizado por personas o instituciones extranjeras cómo chilenas que hayan infringido la Ley de Migración 21.325 y su reglamento N° 296 en sus 15 motivos.
En la página web podrán realizar el cálculo según la cantidad de tiempo u otras unidades asociadas a la infracción, si la persona lo está haciendo por sí misma y si es primera vez o reincidencia.
El pago es llevado a cabo de forma web en la Tesorería General de la República (TGR) y según los antecedentes entregados con la posibilidad de presentar descargos ante el mismo.
Fuente: tramites.extranjeria.gob.cl
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Sobre mi multa de bisade turista