¿Existe posibilidad de denegación o reprobar un reconocimiento o revalidación de títulos según el borrador del reglamento para este proceso?

16 May, 2024

Mediante la SAI AJ025T0001543 se logró acceder al borrador de este reglamento que hace parte de lo exigido por el artículo 143 de la Ley N° 21.325 para regular este procedimiento.

En este se determinan los requisitos y pasos a seguir para lograr el reconocimiento o revalidación de títulos extranjeros, estableciendo además los siguientes detalles en caso de tener problemas en este proceso:

-Caso de denegación, reprobación, abandono o renuncia: se tendrá que esperar 1 año para iniciar una nueva solicitud desde que se notificó la resolución.

Es posible presentar una apelación ante una denegación o reprobación de forma debidamente fundamentada y dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, conforme a los términos del reglamento de instituciones privadas y en el caso de instituciones publicas según lo que determine la ley 19.880.

-No existe la posibilidad de solicitar el reconocimiento o revalidación de un mismo título o grado académico de manera simultánea ante distintas instituciones de educación superior.

Fuentes:
-SAI AJ025T0001543
Ley de Migración

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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