Diputado Leal acusa que decreto migratorio del Gobierno fomentaría el “turismo laboral” y recurre a la Contraloría y a la Defensoría de la Niñez

Información falsa: Diputado Leal acusa que decreto migratorio del Gobierno fomentaría el “turismo laboral” y recurre a la Contraloría y a la Defensoría de la Niñez

28 May, 2022

El pasado 24 de mayo el diputado UDI de La Araucanía anunció la presentación de un oficio a la Contraloría General de la República y la solicitud de pronunciamiento oficial a la Defensoría de la Niñez por la aprobación del Decreto N°177 el pasado 14 de mayo:

  1. El decreto promueve el “Turismo laboral” ya que las personas pueden entrar a Chile con Permanencia Transitoria y solicitar Residencia Temporal:
  • El trámite online de “Solicitud de Residencias Temporales para extranjeros dentro de Chile” actualmente solo permite solicitar la sub categoría de Reunificación Familiar, no por motivos laborales únicamente y exigiendo un vínculo directo con una persona chilena o extranjero con Residencia Definitiva aprobada. 
  • La posibilidad de que se llegue a habilitar las subcategorías como “Desarrollo de actividades lícitas remuneradas”, “Trabajo de temporada” u “Oportunidades laborales” para quienes estén en Chile y hayan ingresado post 11 de febrero 2022 dependerá de lo que establece el art. 69 de la Ley N° 21.325 respecto a al menos poseer “Vínculos de familia con chilenos o con residentes definitivos”, pertenecer a perfiles “cuya estadía sea concordante con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería”, y por último “Otros casos debidamente calificados por la Subsecretaría del Interior”. Estos dos últimos elementos que aún no han sido definidos ni comunicados públicamente, por lo que no se ha establecido el procedimiento como tal. 
  1. Este decreto fomenta el tráfico de menores al establecer que deberán otorgarle un permiso de residencia temporal a todos los niños, niñas o adolescentes extranjeros que permanezcan en el país, sin importar la situación migratoria en que se encuentren sus padres.
  • La subcategoría de “Razones Humanitarias” para la “Situación de Niños, Niñas Y Adolescentes” es un permiso de residencia que como dice su nombre, es para casos humanitarios que deben ser acreditados como tal.
  • La creación de este permiso responde a la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la Constitución chilena que establecen bases sobre que los menores de edad deben acceder a la protección y garantías para el libre ejercicio de sus derechos, esto por ejemplo a través de la regularidad migratoria y de forma independiente del estatus migratorio de sus padres o tutores como lo consagra la misma Ley 21.325 bajo el interés superior del niño, niña y adolescente.
  • El Decreto establece que en el caso de menores no acompañados, sin autorización de sus padres o tutores o sin documentos se les incluirá en el Registro Nacional de Extranjeros y que serán puestos bajo custodia de la institución de protección de menores del país competente para que junto al Servicio Nacional de Migraciones informen al consulado del país de origen o residencia original del menor.
  • De igual forma, el Decreto establece que el permiso obtenido por el niño, niña o adolescente “no será un beneficio extensible a los miembros del grupo familiar, guardador o persona encargada de su cuidado personal.” 

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Fuente: https://araucanianoticias.cl/2022/diputado-leal-acusa-que-decreto-migratorio-del-gobierno-fomentara-el-turismo-laboral-y-recurre-a-la-contralora-y-a-la-defensora-de-la-niez/0524215435

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