Nueva Ley modifica el procedimiento de obtención de información de contacto personal y procedimiento de expulsión

19 Ago, 2023

El pasado 18 de agosto fue publicada la Ley N° 21.589 que modifica la Ley de Migración Nº 21.325 en diversos artículos para agregar nuevas formas de notificación a la hora de realización de las expulsiones y la información que debe ser entregada por las personas al llegar al país.

Esto a través de 5 modificaciones:

1. La PDI deberá solicitar que las personas extranjeras al llegar al país informen su dirección de estadía o una dirección de correo electrónico para contacto. De no hacerlo, existe la posibilidad de establecer una prohibición de ingreso al país.

El procedimiento de expulsión podrá ser informado adicionalmente mediante carta certificada dirigida a la dirección de estadía o al correo electrónico entregado (o a los últimos informados). 

Se deberá informar el cambio de estos medios de contacto a PDI dentro del plazo de 30 días corridos desde que se haya producido.

Estos datos serán almacenados en el Registro Nacional de Extranjeros y la PDI deberá exhibir a la persona extranjera el documento donde constan los antecedentes recolectados y entregarle una copia de éste.

2. El procedimiento de expulsión se entenderá cómo notificado en el caso de carta certificada, al tercer día desde la fecha de recepción de la carta en la oficina de correos que corresponda y, en el caso del correo electrónico, al tercer día desde la fecha de su envío.

3. En el caso de quienes intenten entrar o salir del país por un paso no habilitado, eludiendo el control migratorio o valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona, la notificación de expulsión se realizará al momento de efectuarse la respectiva denuncia.

4.  En el caso de no ser encontrada la persona dentro de 2 días continuos y en horarios distintos, se procederá a certificar esto en el expediente de la persona extranjera y realizar  la notificación por carta certificada o por correo electrónico, cuando corresponda.

5. Si al momento que la PDI realice un  procedimiento de control, detención o autodenuncia la persona extranjera no tiene un correo de contacto, se puede solicitar la creación de uno para recibir las notificaciones correspondientes. 


Fuentes:
Diario Oficial
Ley N° 21.589
Ley de Migración 21.325

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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9 Comentarios

  1. hola buenos dias un gusto saludarlos !! me llamo jorge salgado me justaría saber como puedo hacer para consultar como va mi carta de expulsión dicha consulta se debe es que ya recibí el carnet de infracto hace muchos meses

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  2. Hola perdí mi carta de expulsión por un robo que me indicaron… y queiro ver si me la pueden enviar a mi correo

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  3. quiero saber si tengo orden de expulsión

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    • Hola soy dominicana y ya no tengo carta de expulsión fui a pdi y ya está revocada y terminé el procedimiento de empadronamiento.que debo hacer para tener permiso de trabajo

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      • Hola quiero saber porque no me a llegado mi orden de expulsion si ya me enpadrone y autodenuncie

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  4. Me gustaría saber si tengo orden de expulcion

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  5. Hola buenas tardes, consulta en mi trabajo mi empleador me contrato solo con mi Rut provisorio, hice el registro Biometrico, en espera de carta de expulsión, mi empleador todos los días me pregunta por como va el proceso, hoy me dijo que fuera a migraciones a solicitar mi carta de Expulsión, que puedo hacer en esa situación

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  6. Buenas tardes me gustaría saber donde puedo conseguir un abogado gratuito, la pdi me mando carta de explusion y necesito orientación por favor, gracias

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