¿Qué sucedió con el permiso de residencia de Protección Complementaria?

19 Nov, 2024

Este permiso de residencia especial que es definido en el artículo 10 de la ley N°21.325 para aquellas personas que se le negó su solicitud de refugio vía artículo 2 de la ley de refugio chileno, se vio actualizado en diciembre del 2023 con el Decreto N° 181.

Con la publicación de la Política Nacional de Migración y Extranjería en su cuarto eje de “Sujetos de protección internacional, complementaria y especial” se comenzaron a establecer los requisitos, visados y causales de este permiso en algunos de sus aspectos. 

Los que a la fecha no han sido actualizados, ya que cómo informa el último informe publicado por el SERMIG el segundo semestre del 2024 en el área, el decreto que define estos últimos se encuentra en la División Jurídica de esa Subsecretaría del Min. del Interior desde el 01 de diciembre del 2023:

Fuente: Página web del SERMIG

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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2 Comentarios

  1. QUE PASARA CON LOS SOLICITANTES DE REFUGIO QUE LES SEA DENEGADA al cabo de un tiempo la condicion de refugiado , LOS EXPULSAN ?, SE LES DA UNA OPCION DE VISADO TEMPORARIO , COMO PUEDEN SEGUIr LEGAL EN CHILE, SI TIENEN CONTARTO DE TRABAJO Y COTIZACIONES, SOBRE ESO NUNCA SE PRONUNCIAN, INCLUSO NI PARA LA REGULARIZACION ACOTADA LOS INCLUYEN, quedan desprotegidos ya que en ninguna ley se pronuncian al respecto,,y no hay donde preguntar

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