Gracias a la Ley de Transparencia y una Solicitud de Acceso a la Información (SAI), accedimos a la Resolución Exenta N° 6.009, que regula este procedimiento desde el 8 de noviembre de 2024.
Esta figura, contemplada en el artículo 10 de la Ley de Migraciones N° 21.325 desde el 20 de abril de 2021, permite que personas extranjeras solicitantes de refugio, a quienes no se les haya otorgado esta condición, puedan acceder a una Protección Complementaria, ya sea por entrega de la autoridad o por solicitud directa.
El documento, de 9 páginas y dividido en 6 puntos principales, aborda desde el marco normativo y consideraciones generales hasta:
- Requisitos detallados para acceder a esta protección.
- Procedimiento y plazos de solicitud.
- Casos de niños, niñas y adolescentes.
- Etapas del proceso de tramitación.
- Formas de término o resolución del proceso.
- Recursos administrativos y normas generales del procedimiento.
En nuestras próximas publicaciones compartiremos los principales detalles de esta resolución, así como el enlace para descargarla.
Fuente: Resolución Exenta N° 6.009
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

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