En Chile el Código Orgánico de Tribunales (COT) establece que para que una persona pueda ejercer cómo abogado debe haber obtenido el título profesional de abogado y jurado ante la Corte Suprema de Justicia luego de haber cursado el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas .
En el caso de personas con estudios o título de abogacía de otro país, deben revalidar en la Universidad de Chile por el grado de Licenciado(a) en Ciencias Jurídicas y Sociales, para posteriormente realizar su práctica en la Corporación de Asistencia Judicial y finalmente, dirigirse a la Corte Suprema de Justicia.
Es posible saber si una persona está habilitada buscando en la base de datos del Poder Judicial en www.pjud.cl/transparencia/busqueda-de-abogados donde se pueden encontrar por RUT o Nombre, e incluso conocer la lista de aquellos suspendidos.
Fuentes:
–Código Orgánico de Tribunales (COT)
–Universidad de Chile
–Portal web del PJUD
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