DECRETO ESTABLECE LA DURACIÓN ESPECÍFICA DE SUB CATEGORÍAS DE RESIDENCIA TEMPORAL Y SUS PRÓRROGAS

23 Dic, 2022
El pasado 22 de diciembre del 2022 mediante el Decreto Exento N° 4236, el Min. de Interior y Seguridad Pública terminó de tramitar el decreto que establece la vigencia de 7 sub categorías de Residencia Temporal (y dependientes) y sus prórrogas en relación al artículo N° 72 de las Ley 21.325.

De forma general, se establece que las sub categorías que no pueden superar los 2 años de vigencia y que pueden ser prorrogados de manera sucesiva cumpliendo los requisitos específicos según cada caso.

A continuación los plazos y requisitos:

SUBCATEGORÍA DE RESIDENCIA TEMPORALVIGENCIAPRÓRROGA 
1.Actividades lícitas remuneradas.Hasta 2 años.*En el caso de oferta de empleo será inicialmente por 90 días.Hasta 2 años, de manera sucesiva.
*En el caso de oferta de empleo la vigencia de la primera prórroga será de 1 año y las siguientes seguirán la regla general de esta sub categoría.
2.Trabajadores de temporada.Hasta 5 años.*Dentro de cada año calendario la estadía no puede superar los 6 meses.Hasta 2 años adicionales.
3. Mujeres en situación de embarazo.No más de 2 años.No existe posibilidad.
4. Acuerdos internacionales.Según lo que determine el acuerdo internacional al que se acoge.
*De no estar determinado el máximo será de 2 años.
5. Negocios de múltiples entradas. Hasta 2 años.*Dentro de cada año calendario la estadía no puede superar los 6 meses.Posibilidad de hasta 2 años adicionales.
*Respetando el tope máximo de estadía de 6 meses. 
6.Solicitantes de reconocimiento de refugio.8 meses.Prorrogables hasta que se dé resolución a su solicitud. 
7. Dependiente víctimas de Violencia Intra Familiar (VIF)-Con Sentencia judicial: al menos 1 año
-Denuncia iniciada pero sin Sentencia judicial: hasta el término del procedimiento judicial.
No más de 2 años con posibilidad de ser prorrogado si se cumplen los requisitos. 
8. DependientesEl mismo tiempo que dure el permiso de residencia del titular. 

Descarga el decreto:  http://bit.ly/3vaX60o

 
 

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Infomigra

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2 Comentarios

  1. Hola , me gustaría saber que pasa con una visa transitoria en espera desde mayo y aún estamos e. Diciembre y mandé un correo y no me han dicho nada ?? Que pasaría es para una menor de edad …

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  2. Hola tengo permanencia definitiva vivo en chile hace 10 años me gustaría traer a mi hija y mi nieto que debo hacer

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