¿ES POSIBLE SOLICITAR REFUGIO ESTANDO DENTRO DE CHILE?

6 Nov, 2023

El día de hoy la prensa nacional confirmó que 7 deportistas cubanos  se fugaron de la Villa Panamericana durante la jornada de este sábado, cuestión que se ha repetido al menos otras 60 veces durante el 2023 durante competencias que se desarrollan en el extranjero.

En algunos de estos casos, los deportistas han solicitado refugio en los países en los que se han dado a la fuga acusando distintos motivos. En el caso chileno, según la Ley 20.430 y el Decreto N° 837 es posible que cualquier persona independiente de su estatus migratorio (con motivos fundados y antecedentes que lo comprueben) puede realizar la solicitud de refugio en cualquier paso habilitado de la frontera chilena o dentro del país en las Direcciones Regionales del SERMIG.

La solicitud debe realizarse de manera presencial y directa por la misma persona, declarando a las autoridades la verdadera información de identidad cómo el motivo que forzó esta solicitud. Esto para recibir el formulario con los datos a llenar y que luego debe ser entregado en la misma oficina.*

Se comprende 4 grandes motivos para esta solicitud para quienes:
1. Se encuentren en situación de persecución por motivos políticos, religiosos, de identidad de género o pertenencia a grupos sociales determinados.
2. Hayan huido de su país de nacionalidad o residencia habitual y cuya vida, seguridad o libertad han sido amenazadas.
3. Sin nacionalidad y por los motivos expuestos anteriormente, se encuentren fuera del país.
4. Abandonaron su país de nacionalidad o residencia habitual sin poder volver por las razones anteriormente descritas.

Siendo así este un estatus especial de protección internacional que debe ser fundado y para perfiles específicos, no una forma más de regularización ante la irregularidad migratoria.

*El manual de la Res. Exenta 21.726 agrega la presentación de la Declaración Voluntaria por Ingreso Clandestino ante la PDI dentro de 10 días hábiles desde que se ingresó de forma irregular al país.

Fuentes:

La Tercera

Ley 20.430 

Decreto N° 837

Res. Exenta 21.726

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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1 Comentario

  1. Hola mi nombre es Alexis José Escalona ingresé documento para solicitar carta de Amparo el 22 de septiembre del 2023 y aún no recibo respuesta

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