Si recibiste la notificación del procedimiento de “Inicio del procedimiento sancionatorio de expulsión” no esperes a dejar pasar los 10 días otorgados para presentar los descargos.
Si bien este solo es el inicio del procedimiento que podría llevar a que finalmente se dicte o no la medida de expulsión, recomendamos que no dejes pasar estos días hábiles (de lunes a viernes excluyendo feriados), ya que una vez es iniciado el procedimiento de expulsión no se podrán presentar estos descargos.
En estos días puedes presentar de manera directa o con apoyo legal, los documentos y antecedentes que respalden los motivos por los que se cree que la autoridad no debería realizar la expulsión; esto a través de una carta explicativa y los documentos adjuntos que pueden ser presentados en la oficina de partes de la oficina correspondiente del SERMIG.
La presentación de estos descargos NO significa que se detendrá el procedimiento de expulsión, ya que el SERMIG será la institución que resolverá la expulsión según los antecedentes del caso.
Fuente: infomigra.org
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

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