El pasado sábado 25 de noviembre fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 31 del 2023 que regula la calificación de las víctimas de femicidio y suicidio femicida según la Ley 21.565, que incluye a personas extranjeras.
Este decreto regula el procedimiento de calificación administrativa de la condición de víctima para el acceso a un régimen de protección y reparación integral de víctimas y sus familiares.
En el caso de personas extranjeras se establecen los siguientes requisitos específicos:
- En la solicitud se deberá acreditar la identidad mediante el carnet chileno emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, y en caso de no tener uno con la DNI o pasaporte emitidos por su país de origen.
- En el caso de matrimonios llevados a cabo en el exterior, se deberá presentar los certificados de la institución correspondiente en el país que se celebró esta unión.
- En el caso de hijos/as que no se pueda acreditar su vínculo familiar a través de certificados del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, se podrá acreditar con un documento similar emitido por el país de origen, el que será solicitado de oficio por el Servicio o requerido al cuidador o cuidadora y/o representante de los hijos o hijas menores de edad.
Fuente: Diario Oficial
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
0 comentarios