Hoy fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N°125 que modifica los siguientes aspectos del reglamento de la ley de personas refugiadas (ley n°20.430)
1. Definición de una persona solicitante de refugio.
2. Inexistencia de sanciones en el caso de residencia o ingreso irregular en el caso de personas reconocidas como solicitantes de refugio.
3. Método de solicitud de refugio en frontera y dentro de Chile, al igual que el establecimiento de un formulario previo al ingreso de la solicitud.
4. Procedimiento de esta solicitud por parte del SNM y sobre el otorgar la calidad de solicitantes de refugio a los familiares de el o la solicitante.
5. Consideraciones, requisitos y forma en que se archivarán o renunciará a este tipo de solicitudes.
Informaremos sobre los alcances y consecuencias de estas modificaciones una vez contemos con mayor información y estudio respecto al tema.
Fuente Decreto N° 125
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2022/01/11/43149/01/2069782.pdf
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
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