Si, el borrador en su artículo 23 contempla a las personas en condición de refugio y que quieran convalidar, reconocer o revalidar sus competencias técnicas o profesionales en el país.
El artículo del documento conseguido vía Ley de Transparencia establece que las instituciones de educación superior y las autoridades del Ministerio de Educación e instituciones relacionadas a estos procesas deberán especialmente asistir a las personas en condición de refugio de las siguientes formas:
1. Otorgar información clara sobre sus derechos y obligaciones, y en la obtención de documentos, certificados o acreditación de sus títulos y grados académicos.
2. Tomar en consideración las circunstancias y dificultades particulares de las personas en condición de refugiado para la presentación de sus solicitudes.
Fuentes:
-SAI AJ025T0001543
–Ley 20.430
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
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